El municipio se define en la LBRL como “la entidad local básica de la organización territorial del Estado”, lo que revela su papel fundamental en la vertebración de la Administración, así como su necesario concurso para el adecuado funcionamiento político. En definitiva podemos asumir, que el municipio será el primer espacio principal de interacción política del ciudadano y cuyas decisiones afectarán de un modo más directo y relevante.